LEY DE ALQUILERES, EN QUE CAMBIO

La reforma del reglamento generó expectativas entre los inquilinos, pero los empresarios inmobiliarios aseguran que seguirá faltando oferta

6/9/20212 min read

La Cámara de Diputados de la Nación aprobó la reforma a la Ley de Alquileres y ahora resta que se publique la reglamentación para conocer los últimos detalles. En principio, la modificación satisfizo en parte a los inquilinos, quienes esperan que se realicen ajustes de renta más fáciles de afrontar, pero genera malas expectativas entre las empresas del sector, que advierten que no cambiará demasiado, al menos a nivel de la oferta.

Para entender ambos puntos de vista, es necesario repasar con precisión qué cambios se hicieron y en qué situación se encuentra hoy el mercado.

La nueva ley pone fin a una práctica que se había vuelto común en los últimos meses: los alquileres en dólares. La norma establece de manera clara que el precio de los alquileres debe expresarse en moneda nacional, y la publicidad de propiedades para alquilar no podrá mencionar otra moneda que no sea el peso argentino.

En cuanto a la actualización de los alquileres, se introduce un cambio significativo. A diferencia de la ley anterior, que permitía un único ajuste anual, la reforma dispone que las actualizaciones se llevarán a cabo cada seis meses. En consecuencia, los inquilinos pueden esperar dos incrementos de precio al año en lugar de uno. Estos cambios representan un hito importante en la regulación de los alquileres en Argentina. Lo que no varía, es que la extensión de la duración de los contratos seguirá siendo a tres año

La nueva normativa establece que los precios se ajustarán utilizando como base el coeficiente “Casa Propia,” que es empleado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.

El coeficiente tiene en cuenta el menor indicador entre el promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación del mismo período. Además, al reconocer que el aumento de los salarios puede variar según la rama de actividad, incorpora el Coeficiente de Variación Salarial (CVS) con un aforo del 0,9. Es decir que en lugar de reflejar el promedio de la variación salarial en su totalidad, solo lo hace en un 90%.